En el texto titulado «La discusión de los derechos del carbono», del cual mostramos un párrafo al inicio de esta nota, se sostiene, además, que el carbono es uno de los servicios ambientales que provee el bosque. Se recuerda que en algunos países los servicios ambientales siguen o están anclados a la propiedad, es decir le pertenecen al propietario de la tierra. En otros países, la mayoría de los países latinoamericanos, los servicios ambientales se consideran como bienes comunes y por ello están administrados por el Estado.
Se remarca que la preocupación de los pueblos indígenas y comunidades locales es que esta separación de la propiedad y de los servicios ambientales parece poner en riesgo sus derechos territoriales. En su cosmovisión no hay una separación entre la tierra y todo lo que hay en ella, sea los elementos del ecosistema que se asientan en ella o sea los elementos que se encuentran en el subsuelo (petróleo, minerales). Recordemos que los recursos del subsuelo son, por lo general, administrados por el Estado.
En ese sentido, se añade que para los pueblos indígenas su territorio es un todo y este tiene connotaciones culturales y espirituales; es decir, la separación que la legislación hace del territorio y los servicios ambientales no existe y tampoco la separación de tierra y petróleo existe. Por ello es que no se debe perder de vista la importancia que representan los bonos de carbono para las comunidades indígenas. Se trata de un tema que no debe ser soslayado por el Estado.
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